Condenan a la responsable de un pub por no admitir a un grupo de discapacitados

COMUNIDAD VALENCIANA. El juez ha condenado a la responsable de un pub de Valencia a un año de inhabilitación para el ejercicio de la profesión y el comercio relacionados con la hostelería y ocio por no permitir la entrada a un grupo de discapacitados que, acompañado de sus monitores, quería acceder al local en diciembre de 2006.

En la sentencia del Juzgado Penal número 12 de Valencia, a la que ha tenido acceso hoy EFE, el magistrado considera que la mujer cometió un delito contra los derechos fundamentales de los ocho jóvenes de entre 19 y 22 años con síndrome de Down a los que se les negó la entrada.

La gerente del local, ubicado en la zona de ocio de la plaza de Cánovas del Castillo, deberá además indemnizar con la cantidad simbólica de un euro a la Asociación Asindown de Valencia en concepto de daños morales, tal y como ésta, a la que pertenecen los demandantes, reclamó en el juicio.

Por otro lado, el juez ha absuelto al relaciones públicas del pub, al que también se ha juzgado por estos hechos, por considerar que no actuó con mala intención o con la de discriminar a estos clientes.

El tribunal declara probado que la noche del 15 de diciembre de 2006 un grupo formado por ocho jóvenes -siete con síndrome de Down y uno con otra discapacidad- que iba acompañado de tres monitores y dos responsables de la Fundación Asindown entró al pub «Me vuelves loco coco loco» y que la responsable del local les invitó a abandonarlo.

La gerente se opuso a la permanencia en el bar del grupo dando excusas como que eran menores de edad y les negó la entrada expresamente por su condición personal de disminuidos psíquicos.

La mujer llegó a decirles «de forma enfadada» que por qué tenían que ir allí «a joderla» y que había «otros locales» donde podían entrar, y finalmente les indicó que no había aforo suficiente en el local para ellos.

Una de las monitoras intentó «arreglar el problema» charlando con el relaciones públicas del pub, quien argumentó que no podían permanecer en el local exclusivamente por el aforo del local, dado que el espacio estaba todo reservado con motivo de las cenas de Navidad.

El grupo decidió entonces, indignado, salir del lugar y acudir a otro local cercano para, en días posteriores, denunciar los hechos.

El juez estima ahora que Coral C.S. cometió aquella noche una «clara discriminación» al no admitir en su negocio al grupo de discapacitados después de ver sus «características personales».

Las excusas que dio para no dejarles entrar porque podían afectar al desarrollo de su negocio y su negativa a que permanecieran allí son para el magistrado «injustas».

Apunta asimismo que la procesada trató en todo momento de evitar que el grupo de personas con síndrome de Down permaneciera en su local incluso argumentando que era porque se trataba de disminuidos psíquicos, «sin que atendiera a la protección especial que merecen sino a la molestia que se deduce de su estancia en lugar».

Valencia, 3/09/2009. FUENTE: ABC.es