El Cermi dice “no” al aborto eugenésico

El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) ha pedido que la nueva ley sobre la interrupción voluntaria (IVE) del embarazo no incluya el aborto eugenésico como supuesto al que se puede acoger una mujer para abortar, por considerar que es contrario a la Convención de la ONU sobre Derechos de las Personas con Discapacidad.

Mujer embarazada

El texto de la subcomisión parlamentaria sobre la reforma de la ley del aborto, que se debaten en el Congreso de los Diputados, especifica que una mujer puede interrumpir su embarazo si «se detectan graves anomalías físicas o psíquicas en el feto o malformaciones o enfermedades graves en el mismo incompatibles con la vida». Por esto, «el CERMI desea reiterar la imperiosa necesidad de eliminar cualquier referencia al supuesto de aborto por discapacidad en el feto».

Según el Comité «permitir el aborto en los supuestos en que se detecten graves anomalías físicas o psíquicas en el feto, o malformaciones o enfermedades graves en el mismo incompatibles con la vida, constituye un trato desigual por motivos de discapacidad, algo que, a la luz de la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en vigor en España, no sería admisible».

«Defender el llamado aborto eugenésico, practicado para evitar el nacimiento de una persona con discapacidad, equivale a defender que la vida de una persona con discapacidad es inferior en valor a la de una persona sin discapacidad, y por tanto, se consiente un trato menos favorable», añade el comunicado.

Por último, el CERMI reitera que «la vida y la integridad de cualquier persona con discapacidad constituyen bienes intangibles que en ningún caso pueden verse menoscabados».

25/02/2009. FUENTE: Cocemfe.es

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