La Federación de Discapacitados considera ilegal el uso de la sala de aislamiento en el Jean Piaget

ANDALUCÍA. La FEAPS tilda la utilización del habitáculo como una «práctica obsoleta» que infringe la Convención Internacional de Discapacitados ratificada por España

La confederación andaluza de organizaciones en favor de personas con discapacidad (FEAPS Andalucía) mostró ayer su apoyo a los padres del colegio Jean Piaget con un contundente escrito. El texto, al que ha tenido acceso este diario, tildaba de «eufemismo» que el centro de educación especial calificase la habitación denunciada por los progenitores como «sala de relajación«. «Se trata de un espacio angosto, que ha sido utilizado para neutralizar supuestas situaciones de conductas disruptivas, y esto no es sino lo que en otras épocas y lugares ha sido conocido siempre como una sala de aislamiento«, una práctica «que infringe de forma expresa los artículos 7 y 15 de la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad, que ha sido ratificada por España«.

Con esta dura acusación, los colectivos de discapacitados se alinean en la tesis de las familias y «exigen a la autoridad educativa una exhaustiva investigación, con la presencia ineludible de los padres y madres de los alumnos, hasta determinar las condiciones de uso de esa instalación y la depuración de las responsabilidades de quien la hubiese autorizado, utilizado o tolerado«.

La FEAPS considera «inadmisible» que pueda existir en un colegio de educación especial un espacio para aislamiento de los alumnos. «Una medida de tal tipo requeriría un completo y exhaustivo protocolo, autorización expresa por un técnico competente, psicólogo o psiquiatra, conocimiento y autorización por la familia, y, de manera ineludible, en cuanto que medidas de tal tipo restringen y violan derechos personales, autorización judicial«, unos requisitos que no se habrían dado en el caso de este centro. «Lesiona los derechos de los alumnos y de las familias que un centro público especializado pueda contar con un espacio así. Y más aún que su uso pueda ser establecido arbitraria y personalmente por los profesores«.

El documento precisa que «su uso solo se admite en instituciones de otras características, y como medida excepcional, cuando no existan otras alternativas más normalizadoras, con la directa y continua supervisión profesional de un psicólogo o psiquiatra«. «Está acotada a momentos imprescindibles y, bajo las concretas indicaciones establecidas por el juez en la pertinente autorización«, agrega el comunicado, en el que se insiste que «en cualquier caso, es hoy una práctica obsoleta y rechazada por la comunidad científica , todos los profesionales y las familias«.

Granada, 3/07/09. AUTOR/A: C.R. / B.R. FUENTE: GranadaHoy.com