La CE denuncia que pasajeros discapacitados sufren «requisitos abusivos» por parte de aerolíneas al viajar

La Comisión Europea ha denunciado este jueves que los pasajeros discapacitados sufren a menudo por parte de las aerolíneas «denegaciones injustificadas» de embarque y «requisitos abusivos» al viajar, como la exigencia de certificados médicos. Para resolver este problema, Bruselas ha publicado unas directrices para aclarar los derechos que ya les reconoce la UE.

El Ejecutivo comunitario ha insistido especialmente en la importancia de que los pasajeros con discapacidad notifiquen sus necesidades a la aerolínea y al aeropuerto al menos 48 horas antes de la salida del vuelo. En la actualidad sólo se hace en el 40% de los casos.

«Mi mensaje a los viajeros con discapacidad es que, si desean un vuelo más fácil, avisen con antelación que van a viajar», ha dicho el comisario de Transporte, Siim Kallas.

Los pasajeros han denunciado ante la Comisión problemas recurrentes y falta de coherencia con las denegaciones y la exigencia de certificados médicos y presencia de acompañantes. Las directrices de Bruselas aclaran en primer lugar que los certificados médicos no son necesarios en general para las personas con una minusvalía permanente, como los invidentes o las personas que se desplazan en silla de ruedas.

Si los viajeros son autónomos, la norma es que no hay obligación de ir acompañado, excepto cuando existen requisitos específicos de seguridad, de los que se debe informar. Los pasajeros con discapacidad o movilidad reducida están autorizadas a transportar gratuitamente dos equipos de movilidad.

El viajero con silla de ruedas eléctrica está obligado a notificarlo a la compañía aérea al menos con 48 horas de antelación. Las directrices también indican que los perros guía y de asistencia reconocidos deben viajar dentro de la cabina previa notificación. Como para cualquier pasajero, el material deportivo que no entre en la categoría de equipos de movilidad se somete a las normas generales de la compañía aérea sobre equipajes.

Finalmente, los pasajeros que tengan que viajar con oxígeno deben notificarlo con antelación. Corresponde a la aerolínea decidir si los pasajeros pueden llevar su propio oxígeno. La compañía aérea no está obligada a proporcionar oxígeno, aunque esta información debe facilitarla con claridad.

Fuente: epsocial BRUSELAS, 14 Jun. (EUROPA PRESS)